Expediente No. 509-2017 y 658-2017

Sentencia de Casación del 11/06/2018

“…del hecho acreditado se desprende que [los procesaos] valiéndose de la simulación de ser autoridad y mediante la posesión de arma de fuego, lograron entrar a la morada de las víctimas, también lo es que en atención al principio non bis in ídem, no podría utilizarse nuevamente los elementos que el Tribunal utilizó para encuadrar la conducta de los sindicados en el delito de robo agravado (simular autoridad y utilizar armas de fuego) también para encuadrar la conducta en el delito de allanamiento con agravación específica, toda vez que los elementos para su encuadramiento se encuentran inmersos en los hechos acreditados que fueron utilizados para condenarlos por el delito de robo agravado; consecuentemente los argumentos del Ministerio Público resultan sin sustento jurídico…”